Dependencia responsable del trámite y/o servicio:
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Datos de la dependencia:
Boulervad Guanajuato 16 C.P. 36000
Teléfono: 73 4 01 27; 73 4 01 28; 73 1 1734.
Horario:
Número de control del documento: GUA-MAOT-22-B (Este trámite se realizará en la plataforma virtual VITAT)
Detalles del trámite
Obtiene: Permiso de Uso de Suelo SARE.
Costo: Variable, de acuerdo a la tabla descrita en la sección "Costos" de la presente página
Duración del trámite: 02 días hábiles.
Donde pagar: Caja(s) de la Tesorería Municipal.
Vigencia: 01 año.
Tipo de usuario: Ciudadanía en general.
Objetivo
Para proporcionar un documento oficial en el que se dé respuesta al propietario si es factible o no el uso que desee darle a su predio o inmueble para fines de apertura de un comercio de intensidad baja o media bajo el esquema SARE.
Descripción
Este trámite tiene como fin establecer de manera ágil y sencilla, la apertura de una micro, pequeña y/o mediana empresa de bajo riesgo en un tiempo máximo de 72 horas, estableciendo un marco regulatorio claro, eficiente y transparente, que genere condiciones de certidumbre y seguridad jurídica, y que fomente la inversión productiva en los diferentes grupos de actividades económicas.
Requisitos
Requisitos | Especificaciones o condiciones | Original | Copia | |
1 | Llenar el formato de solicitud en línea en la plataforma digital de trámites | Lo anterior deberá hacerse en la plataforma VITAT, disponible en el enlace: https://ventanillavirtualguanajuato.net/ | 1 |
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2 | Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y Cédula del Registro Estatal de Contribuyentes (REC) | En formato PDF o JPG |
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3 | Escritura inscrita en el Registro Público de la Propiedad en caso de ser el propietario; en el caso de que el solicitante no sea el dueño del inmueble, deberá presentar contrato de arrendamiento o comodato vigente con las firmas de ambos, donde se especifique el uso del inmueble | En formato PDF o JPG |
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4 | Plano del predio señalando su superficie total, la superficie a ocupar, y el polígono que lo delimita, presentado en tamaño carta o doble carta | En formato PDF o JPG | 1 |
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5 | Dos fotografías impresas donde se observe el giro dentro del inmueble así como los cajones del estacionamiento; dos fotografías tendrán que ser de la fachada del predio, lote o inmueble, y las otras deberán mostrar los interiores, asi como los cajones de estacionamiento. Deberán ser actuales y legibles | En formato PDF o JPG | 2 |
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6 | Certificación de Clave Catastral Vigente (expedida por la Dirección de Catastro en la Presidencia Municipal) | En formato PDF o JPG | 1 |
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7 | Identificación oficial del Solicitante. En caso de persona moral se deberá anexar copia del Acta constitutiva | En formato PDF o JPG |
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8 | En caso de que el solicitante no sea el Propietario, deberá presentar Carta poder simple en original o copia de Poder Notarial, ambos con las firmas correspondientes, anexando copia de su identificación oficial y copia de identificación del Propietario, asi como de los testigos | En formato PDF o JPG | 1 |
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9 | Solicitud y Constancia de pago anticipado por los derechos de expedición acorde a la Normatividad vigente | En formato PDF o JPG |
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La lista de los giros autorizados podrá consultarlos AQUI
Costos
Nota: La Dirección de Imagen Urbana será la encargada de asignar el tipo de intensidad para la zona de que se solicite el permiso.
Tipo | Unidad | Importe |
Predio de Uso Comercio y Servicios (intensidad baja) Nota: aplica para SARE | Costo fijo hasta 90 m2 | $387.09 |
Excedente por m2 | $4.35 | |
Nota: Sin exceder un monto de $8,352.27 | ||
Predio de Uso Comercio y Servicios (intensidad media) Nota: aplica para SARE | Costo fijo hasta 200m2 | $744.42 |
Excedente por m2 | $4.35 | |
Nota: Sin exceder un monto de $9,528.44 |
Fundamento Legal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículos 25 último párrafo y 73 fracción XXIX-Y; Ley General de Mejora Regulatoria: Artículos 2 fracción I y 8 fracción XV; Constitución Política para el Estado de Guanajuato: Artículo 117 fracción II inciso “d)”; Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato: Artículos 2 fracciones XXIII bis 2, XXVIII, XXXV, XLII, XLIX, L y LIII, 3 fracción I, 35 fracción IV, 57, 256, 257, 258 fracción I, 259 y 260 fracción I; Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato: Artículos 1, 2 fracciones I y III, 3 fracciones V, VIII, IX, XI y XII, 4, 7, 12, 13, y segundo transitorio; Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: Artículos 1, 3, 4, 12 fracción VI, 76 fracción I incisos “b)”, “d)”, “k)” y “n)”, II inciso “h)”, 99, 100, 101, 102, 105, 122, y 124 fracción XII; Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Guanajuato: Artículos 1, 2, 4, 5 fracciones III, VI y VII, 6 fracciones I, II, V, VI, VII, VIII y XII, 7 fracciones I, II, IV y V, 8, 9, 11, 12, 19 fracciones II, III, IV, V y VII,22, 24, 26, 27, 31 y 32; Reglamento de Zonificación, Uso y Destino del Suelo del Municipio de Guanajuato, Gto.: Artículos 1, 2, 3 (en sus apartados “Comercio de intensidad baja”, “Comercio de intensidad media”, “Destinos”, “Dirección General de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial”, “Giros”, “Licencia de uso de suelo”, “Plan Municipal de Ordenamiento Territorial”, “Sistema de Apertura Rápida de Empresas SARE”, “Servicios de Intensidad Media”, “Servicios de Intensidad alta” y “Usos”), 6 fracción III, 7 fracción I, 8 fracción V, 9 fracciones II, III, V, XII numeral “a.” y XIII, 25, 26 (Tabla No. 2, grupos de usos V, VI y VIII), y 30; Lineamientos del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) y del Programa de Reconocimiento y Operación del SARE (PROSARE) publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de mayo de 2019; Lineamientos de Operación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), aprobados en sesión ordinaria de Ayuntamiento número 23 del día 17 de octubre de 2018; Ley de Ingresos para el Municipio de Guanajuato, Guanajuato para el Ejercicio Fiscal del 2022: Artículo 24 Fracción XVI incisos “a)” y “b)”.
Sanciones en caso de omisión
Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato: Artículos 396 y 542. Reglamento de Zonificación, Uso y Destino del Suelo del Municipio de Guanajuato, Gto.: Artículo 85 Fracciones I, II, III, IV, V y VI. Artículos 86 y 87.
Observaciones Adicionales
a) El trámite de este documento no garantiza respuesta positiva, ya que dependerá del estudio de la documentación entregada para dictaminar la respuesta al usuario.; b) Los datos aquí contenidos podrán cambiar sin previo aviso por motivos de actualización de tipo administrativo y/o normativo; c) Es indispensable que los interesados cumplan con la totalidad de los requisitos solicitados, presentando estos en forma legible y bajo los criterios requeridos; d) Bajo condiciones extraordinarias, este trámite se realizará en forma presencial; en condiciones ordinarias se atenderá mediante la plataforma en línea VITAT.